La medida quedó plasmada en la Resolución 6/2026, vigente desde el 3 de septiembre. Para este mes se aplica un incremento del 1,8%, calculado sobre los salarios mínimos vigentes en agosto.
Este aumento forma parte de un esquema de subas que arrancó en agosto, con un 1,9%, y que continuará hasta diciembre. El plan contempla además el pago de una suma no remunerativa única, que puede llegar hasta $20.000 según la cantidad de horas trabajadas.
Con la nueva escala vigente desde septiembre, quienes realizan tareas generales cobrarán un mínimo de $3.914,64 por hora con retiro y $4.185,94 por hora sin retiro. En el caso del régimen mensual, los pisos salariales quedan en $480.247,85 y $529.261,78, respectivamente.
Los montos varían según la categoría laboral y la modalidad de trabajo, con o sin retiro. Cuando un trabajador cumple tareas correspondientes a más de una categoría, se lo encuadra según la actividad principal que realiza de manera habitual.
Para septiembre, el piso mensual más bajo corresponde a las tareas generales con retiro, con $480.247,85, mientras que el valor más alto es de $640.641,55, para supervisores sin retiro.
La Resolución 6/2026 fija además un cronograma de subas progresivas para los próximos cinco meses, de carácter acumulativo, calculadas sobre la base salarial vigente en cada período. A esto se suma la incorporación gradual al salario básico de la suma no remunerativa correspondiente a agosto: un 25% se sumará en septiembre, otro 50% en octubre y el 25% restante en noviembre.
De acuerdo con este esquema, en octubre el mínimo para tareas generales pasará a $4.064,08 por hora con retiro y $4.337,53 sin retiro, con valores mensuales de $498.582,06 y $548.429,23. En noviembre, los pisos serán de $4.174,62 y $4.451,49 por hora, y de $512.142,96 y $562.837,52 en la modalidad mensual. Ya en diciembre, los valores llegarán a $4.241,42 y $4.522,71 por hora, con montos mensuales de $520.337,24 y $571.842,92.
El acuerdo prevé también una suma extraordinaria única, que se pagará junto con los haberes de agosto y cuyo monto depende de las horas trabajadas semanalmente, aplicable tanto a trabajadores con retiro como sin retiro.
A su vez, se sumará un adicional del 31% por zona desfavorable a los salarios mínimos de quienes trabajen en determinadas regiones del país: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, además del partido de Patagones, en la provincia de Buenos Aires.
La escala salarial comprende las cinco categorías del régimen: supervisores, personal para tareas específicas, caseros, asistencia y cuidado de personas, y personal para tareas generales. Según establece la Resolución 6/2026, los ajustes rigen en todo el territorio nacional.




















