El bono permanece en $70.000 desde marzo de 2024. Si hubiera acompañado la evolución de los haberes previsionales desde entonces, en septiembre debería ubicarse en torno a los $223.148. La diferencia muestra el fuerte deterioro que sufrió su poder de compra: el monto actual representa apenas una parte de lo que significaría si hubiera sido actualizado.
Para septiembre, el haber mínimo será de $428.633,20 y, con el bono, el ingreso total llegará a $498.633. Si el refuerzo hubiera seguido una evolución equivalente a la de los haberes, el ingreso mensual debería rondar los $651.781. La brecha entre ambos valores alcanza aproximadamente $153.148.
El problema no se limita al monto mensual. Al tratarse de un bono extraordinario y no de un componente permanente del haber, los $70.000 tampoco se incorporan al cálculo del aguinaldo. Por eso, el congelamiento genera un efecto acumulativo sobre los ingresos de quienes dependen de este refuerzo.
La pérdida de relevancia del bono puede observarse también al compararlo con la jubilación mínima. En marzo de 2024 representaba aproximadamente el 52% del haber mínimo. Para septiembre, su peso habrá descendido hasta alrededor del 15%. Si continúa sin modificaciones, su incidencia seguirá reduciéndose con el paso del tiempo.
El beneficio alcanza a unos 3 millones de jubilados y pensionados del SIPA, además de aproximadamente 1,5 millones de personas que reciben la PUAM o pensiones no contributivas. Para este universo, la evolución de los ingresos quedó por debajo de la inflación durante buena parte del período analizado.
Entre enero y julio de este año, por ejemplo, los precios acumularon una suba del 19,3%, mientras que el haber mínimo total avanzó un 17,3%, al pasar de $410.880 a $481.989. En el mismo período, la PUAM aumentó un 16,6% y las pensiones no contributivas un 16,1%.
La discusión incluso llegó a la Justicia. En agosto del año pasado, la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social analizó el caso “Varela Alberto c/ ANSeS” y sostuvo que una pérdida superior al 15% podría configurar un perjuicio de carácter confiscatorio y entrar en conflicto con las garantías establecidas por el artículo 14 de la Constitución Nacional.
A partir de ese criterio, se planteó la necesidad de compensar el deterioro sufrido por los beneficiarios alcanzados por el bono y de contemplar también a quienes se incorporaron posteriormente al sistema con haberes mínimos. El Gobierno, sin embargo, apeló esa decisión judicial.
Mientras el refuerzo continúe fijo en $70.000, su capacidad para complementar los ingresos de los jubilados será cada vez menor. El punto central de la discusión ya no pasa solamente por la continuidad del bono, sino por cuánto poder adquisitivo perdió desde que dejó de actualizarse.




















