En un juicio abreviado, donde ambos aceptaron su culpabilidad, la jueza Carina Farías, que actuó de manera unipersonal en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, dictó sentencia por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual agravada, en perjuicio de ocho mujeres.
Como resultado, la mujer fue sentenciada a ocho años de prisión y el hombre a doce, por su papel en la operación de esta red desde la Unidad N° 1 del Complejo Penitenciario de Villa Urquiza entre diciembre de 2021 y abril de 2023.
Según informó el portal Fiscales, dado que ambos ya habían sido condenados por este delito en 2019, el tribunal los clasificó como reincidentes. La Fiscalía General ante el TOCF de Tucumán, a cargo del fiscal general subrogante Pablo Camuña, junto a los fiscales auxiliares Daniel Weisemberg y Lucía Doz Costa, participó activamente en el proceso.
A solicitud de la fiscalía, la jueza federal impuso una reparación económica integral a favor de las víctimas, que asciende a $130.048.548,04. Este monto incluye las ganancias ilícitas obtenidas por los condenados, así como el lucro cesante y el daño moral sufrido por las víctimas, de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 26.364, que se ocupa de la prevención y sanción de la trata de personas y la asistencia a sus víctimas.
La pesquisa confirmó que Walter Ayala lideraba una estructura criminal desde la Unidad N° 1 del Complejo Penitenciario de Villa Urquiza, donde cumplía una condena anterior por trata de personas. Para ejecutar estas operaciones, se valía de teléfonos móviles no autorizados, mediante los cuales mantenía comunicación constante con las víctimas y con Alejandra Galván, la otra persona implicada, brindando instrucciones sobre horarios, tarifas y la asignación de mujeres a distintos departamentos.
Además, la investigación reveló que, a pesar de los controles dentro del penal, Ayala logró acceder a teléfonos y se incautaron varios dispositivos electrónicos en su celda, junto con anotaciones que contenían información sobre explotación sexual, nombres de mujeres, números de teléfono y registros financieros.
Asimismo, se estableció que Ayala controlaba las publicaciones de ofrecimiento sexual en la plataforma Skokka, decidía los nombres ficticios que utilizaban las víctimas y supervisaba el contenido visual que se utilizaba para promocionar los servicios ofrecidos.




















