La prórroga abarca los ámbitos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, prolongando el régimen excepcional que se había declarado a finales de 2023.
La administración sostiene que la extensión es necesaria debido a que “persisten aún las circunstancias que motivaron” la emergencia y porque el proceso de normalización del mercado eléctrico aún no ha concluido.
Originalmente, la emergencia fue instaurada a través del Decreto 55/2023 y luego extendida por los decretos 1023/2024 y 370/2025.
Uno de los principales argumentos expuestos es la interdependencia entre los sistemas eléctrico y gasífero. En este sentido, el Gobierno destacó la “interdependencia operativa y económica entre los sistemas de energía eléctrica y gas natural”, subrayando que el gas es un insumo esencial para la generación térmica de electricidad. Por ello, consideró conveniente “equiparar los plazos de vigencia de ambas declaraciones de emergencia” con el fin de “preservar la seguridad de abastecimiento y el funcionamiento integrado del sistema energético nacional”.
La emergencia relacionada con el transporte y la distribución de gas natural ya había sido prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2027 mediante el Decreto 49/2026. De esta manera, ambas actividades estarán sujetas al mismo régimen excepcional, lo que facilitará, según el Gobierno, la coordinación de decisiones regulatorias, operativas y tarifarias.
El decreto señala que “la mejora parcial de determinadas variables sectoriales no permite considerar superadas las causas que dieron origen a la emergencia”. Entre los argumentos técnicos, el Gobierno mencionó que durante febrero de 2025, el sistema alcanzó una demanda máxima de 30.257 megavatios, con un margen disponible de apenas 4,4%. Este nivel de reserva es considerado insuficiente para responder adecuadamente ante posibles fallas o contingencias.
Además, se señaló que el parque generador presenta “un alto grado de envejecimiento”, que las principales estaciones transformadoras operan con niveles de utilización superiores al 90%, y que más del 60% de las fallas en distribución se registran en alimentadores con más de 25 años de antigüedad.
La normativa también hace mención al proceso de normalización financiera del Mercado Eléctrico Mayorista. Según el Gobierno, la tasa de cobrabilidad de CAMMESA pasó de cerca del 48% en diciembre de 2023 a niveles próximos al 97%. No obstante, alertó que esa recuperación aún necesita consolidarse y que un retroceso en la disciplina de pagos podría afectar las transferencias a generadores y transportistas, perjudicar la confianza de los inversores y recrear desequilibrios financieros.
Otro argumento para la prórroga es la continuidad de la reducción gradual de subsidios. Durante mayo de 2026, el Precio Estacional aplicado a los hogares subsidiados representó alrededor del 24% del precio de referencia de la energía. Para el Gobierno, esta diferencia refleja “la subsistencia de una brecha económica relevante que debe ser atendida de forma gradual, previsible y focalizada”.
La extensión de la emergencia, según el Gobierno, permitirá proseguir con la transición hacia el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados y avanzar en la reducción progresiva de los aportes extraordinarios del Tesoro. Además, advirtió que no prorrogar el régimen podría dar lugar a “discontinuidades regulatorias”, demoras en medidas operativas, menor previsibilidad para los agentes y mayores obstáculos para las inversiones.
Con esta decisión, el Ejecutivo mantendrá hasta finales de 2027 la facultad de implementar medidas regulatorias, contractuales, tarifarias y de infraestructura para garantizar el funcionamiento del sistema eléctrico.



















