La Justicia del Trabajo resolvió este martes hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la CGT que suspende la aplicación de las normas laborales incluidas en el DNU del presidente Javier Milei.
A partir de una presentación que hizo la CGT (Confederación General del Trabajo) la semana pasada, este miércoles al mediodía, la Sala de Feria de la Cámara del Trabajo revocó el fallo del juez José Ignacio Ramonet y dictó una cautelar contra el megadecreto del gobierno de LLA (La Libertad Avanza).
“Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados”, asegura el fallo firmado por los tres jueces de la Cámara, María Dora González, José Alejandro Sudera y Andrea E. García Vior.
De esta manera, la justicia laboral suspendió la aplicabilidad del capítulo IV del DNU, referido al mundo del trabajo. En materia laboral, el decreto estira el período de prueba de tres a ocho meses, facilita los despidos de quienes participen en medidas de fuerza y limita el derecho a huelga en diversas actividades que son consideradas servicios esenciales, obligadas a garantizar el 75% del servicio, y otras que se califican de “actividades de importancia trascendental”, que estarán obligadas a garantizar el 50% del servicio.