El Gobierno Nacional decidió extender el plazo para que las empresas de medicina prepaga se adapten a las nuevas regulaciones, que incluyen la posibilidad de aplicar aumentos diferenciales en las cuotas y la obligación de notificar previamente dichos incrementos, junto con los costos de facturación. Esta prórroga fue oficializada a través de la Resolución 3386/2024, publicada en el Boletín Oficial este miércoles.
La medida implica una postergación hasta el 1 de diciembre de la entrada en vigencia de la Resolución 2155, dictada por la Superintendencia de Servicios de Salud, que había sido anunciada originalmente a principios de septiembre. Esta norma establece nuevas directrices para los aumentos en las cuotas de los planes de salud, y la prórroga fue otorgada en respuesta a “numerosos pedidos” de las entidades del sector para obtener más tiempo para adecuar sus sistemas a las nuevas exigencias.
La Resolución 2155 habilita a las prepagas a aplicar incrementos en las cuotas de manera variable, dependiendo de las características de los planes, como la existencia o no de copagos, así como la región geográfica en la que se presta el servicio médico. Esta medida introduce una mayor flexibilidad en los ajustes de las tarifas, permitiendo que las empresas de medicina privada ajusten los precios según factores específicos de cada zona y tipo de cobertura ofrecida.
Además de esta flexibilización, la resolución exige que las empresas informen a la Superintendencia de Servicios de Salud sobre los criterios utilizados para establecer los aumentos en cada zona o región. Esto incluye la obligación de detallar si los planes incluyen copagos y en qué medida. Asimismo, se establece que las prepagas deberán comunicar los incrementos en el valor de las cuotas dentro de los cinco días posteriores a la publicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), elaborado mensualmente por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). Otra de las obligaciones que introduce la resolución es que las empresas deberán desglosar claramente los conceptos incluidos en las cuotas facturadas mensualmente, brindando a los afiliados una mayor transparencia sobre los componentes de los costos.
La extensión del plazo se produce luego de que las prepagas solicitaran reiteradamente más tiempo para implementar las modificaciones necesarias en sus sistemas de facturación, que deberán adaptarse a las nuevas normativas. Según informó la Superintendencia de Servicios de Salud, la prórroga busca facilitar una transición “progresiva y eficiente” hacia el nuevo esquema de ajustes de tarifas.
Para los afiliados de las prepagas, la prórroga significa que, hasta diciembre, las empresas deberán seguir aplicando los aumentos de cuotas bajo las normativas previas, sin las flexibilidades previstas en la nueva resolución. Esto también implica que los usuarios continuarán recibiendo información bajo los parámetros actuales, sin el desglose detallado que exigirá la nueva regulación.
Uno de los objetivos de la Resolución 2155 es justamente brindar mayor claridad a los usuarios respecto a los componentes de los aumentos en las cuotas y las diferencias regionales, lo que permitiría a los afiliados tener un mayor conocimiento de los costos y criterios utilizados por las prepagas. No obstante, con la postergación de la entrada en vigencia, este nivel de transparencia se demorará unos meses más.
Por otro lado, las prepagas deberán ajustarse al nuevo esquema de aumentos en el corto plazo, lo que implica que, una vez cumplido el plazo de adaptación, estarán obligadas a implementar los cambios de manera uniforme y cumplir con todas las exigencias que la normativa impone en cuanto a transparencia y comunicación de los incrementos.