Las empleadas domésticas recibirán un aumento en su salario del 20% en febrero al que se sumará otro incremento del 15% en marzo, según informó la secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a través de un comunicado.
Los incrementos se fijaron en una reunión celebrada en la cartera laboral entre el titular del área, Omar Yasin, y la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. Cabe destacar que en enero las empleadas en casas particulares no habían recibido aumento alguno, por lo que en el comienzo de febrero cobraron el mismo sueldo que un mes atrás.
Comenzando por el nivel de mayor ingreso, la que le corresponde al la de supervisor/a (primera categoría), los empleadores pagaron $1.708,50 por hora en enero para servicios con retiro y $1.871,50 para servicios sin retiro. Ahora, pasarán a pagar un sueldo de $2.050,20 por hora con retiro y $2.245,80 por hora sin retiro. Los sueldos mensuales quedaron en $255.791,40 y $284.922,60 respectivamente.
En lo que respecta al personal para cuidado de personas (categoría cuarta), los pagos por hora avanzarán de $1.528 a $ 1.833,60 por hora con retiro y de $1.708,50 a $2.050,20 sin retiro. El monto mensual ascenderá a $231.860,40 o $258.384,00, dependiendo si la persona duerme en el hogar o no.
La categoría más baja (categoría quinta), la de personal de tareas generales —limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar—, cobró el mes pasado entre $1.416,50 y $1.528,00 por hora, pero ahora los empleadores tendrán que abonar entre $1.699,80 y $1.833,60, dependiendo del caso. Los sueldos mensuales avanzaron a $208.509,60 (con retiro) y $231.860,40 (sin retiro).
Por último, la categoría tercera que corresponde a los caseros debía cobrar en enero como mínimo $1.528,00 por hora y $193.217,00 al mes. A partir de este mes, ese valor sube a $1.833,60 y a $231.860,40 en términos mensuales.
La legislación vigente indica además que se debe abonar a los trabajadores un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.